A- de 2025
Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Demandante Colpensiones·Demandado Ovalle Montero Jose Vicente
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto entre el Juzgado 004 Laboral del Circuito de Valledupar y el Tribunal Administrativo del Cesar, provocado por una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho instaurada por la Administradora Colombiana de Pensiones, Colpensiones, para obtener la declaratoria de nulidad de la Resolución por medio de la cual le reconoció una pensión de invalidez a un ciudadano, y solicitar además de la nulidad, se ordene al ciudadano el reintegro indexado de lo pagado, por considerar la existencia de posibles fraudes en el reconocimiento de dicha prestación.
Una vez verificado el cumplimiento de los requisitos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena considera que la demanda es competencia de la jurisdicción de lo contencioso administrativo.
Esto, porque se trata de una demanda presentada por una entidad pública en contra de actos administrativos propios –acción de lesividad, que se ajusta a lo dispuesto en el Auto 316/21, el cual señaló que los artículos 97 y 104 del CPACA prevén una cláusula especial de competencia, en virtud de la cual dicha jurisdicción tiene la competencia exclusiva para conocer de este tipo de demandas, pues la cláusula general de competencia de la jurisdicción ordinaria, en su especialidad laboral y de la seguridad social, no comprende la facultad de declarar la nulidad de actos administrativos, contrario a la JCA, que debe conocer todas las acciones de lesividad, contra actos administrativos que estén sujetos al derecho administrativo.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 004 Laboral del Circuito de Valledupar y el Tribunal Administrativo del Cesar, en el sentido de DECLARAR que el Tribunal Administrativo del Cesar es la autoridad competente para conocer la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho promovida por Colpensiones en contra de la Resolución SUB 65617 del 9 de marzo de 2018.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-7183 al Tribunal Administrativo de Cesar, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado 004 Laboral del Circuito de Valledupar.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.